Mediante la Resolución N.º 005 del 21 de diciembre de 2017, el Rector de la Universidad Nacional del Comahue, Lic. Gustavo Crisafulli, estableció el receso funcional de actividades en la Casa de Altos Estudios, extensivo a todas las Facultades, Centros Regionales, Asentamientos, Escuela y dependencias de la Administración Central, durante el período comprendido entre los días del 8 de enero y hasta e1 2 de febrero de 2018, ambas fechas inclusive.
El receso de actividades será integral en todo el ámbito de la Universidad, los Señores Decanos y Directores de Asentamientos, como así también los secretarios de la Universidad arbitrarán las medidas para que la totalidad del personal a su cargo goce de la Licencia Anual Ordinaria dentro del período indicado.
En el caso de que el agente Docente, No Docente y Autoridades Superiores que no presente la Planilla LA0/16, / disponible en la página web de la Universidad, se considerará usufructuada la totalidad de la Licencia (http://www.uncoma.edu.ar/general/personal/formularios.html).
Todo tipo de excepciones a esta norma deberán ser autorizadas por las autoridades mencionadas.
El goce de la Licencia Anual Ordinaria no dará lugar al reconocimiento del Suplemento por Mayor Responsabilidad, establecido en el Art. 72° del Decreto 366/06, para aquellos agentes que, por tal motivo, tengan que cubrir un área que implique mayor responsabilidad que la asignada a la categoría de revista.
Las áreas, tanto en las Facultades, Centros Regionales, Asentamiento y Escuelas como en la Administración Central, involucradas en tareas de Cierre del Ejercicio Contable, Información y Liquidación de Haberes del Personal; Mesa de Entradas, Dirección de Tecnologías de la Información y aquellas donde los Decanos, Directores de Asentamientos, Secretarios y Subsecretarios de la Universidad, consideren indispensables la permanencia de personal, deberán prever que el mismo cumpla con una jornada laboral de 7 (siete) horas diarias, dentro del período mencionado.
Al que correspondiere un término de licencia mayor a lo establecido en el Art. 10 de la presente Resolución, adicionará el excedente de días inmediatamente antes o después de las fechas de receso. Para estos casos regirá lo previsto en el Decreto 366/06, Artículo 79° Decreto 366/06.
Lo resuelto en la norma, regirá para todo el Personal de la Universidad Nacional del Comahue. Durante tal período se realizarán en lo posible y de ser necesario tareas de mantenimiento, reparaciones menores y desinfección.
Texto completo de la resolución:
VISTO:
La necesidad de conceder al personal de la Universidad Nacional del Comahue, la Licencia Anual Ordinaria correspondiente al año en curso y;
CONSIDERANDO:
Que es menester establecer un período de receso funcional de las actividades que se desarrollan en esta Universidad, y concentrar en el mismo la mayoría de las Licencias Anuales Ordinarias.
Que existen áreas con tareas sustantivas en las que se desarrollan funciones impostergables durante el mes de enero y febrero de 2018.
Que es necesario emitir el acto administrativo correspondiente.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL COMAHUE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°: ESTABLECER el receso funcional de actividades en la Universidad Nacional del Comahue, extensivo a todas las Facultades, Centros Regionales, Asentamientos, Escuela y dependencias de la Administración Central, durante el período comprendido entre los días del 08 de enero de 2018 y hasta el 02 de febrero de 2018, ambas fechas inclusive.
ARTÍCULO 2º: EL RECESO de actividades será integral en todo el ámbito de la Universidad, los Señores Decanos y Directores de Asentamientos y Escuela, como así también los secretarios y Subsecretarios de la Universidad arbitrarán las medidas para que la totalidad del personal a su cargo goce de la Licencia Anual Ordinaria dentro del periodo indicado en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 3: ESTABLECER que en el caso que el Docente, No Docente y Autoridades Superiores que no presente la Planilla de Licencia Anual Ordinaria LAO/2017, disponible en la página web de la Universidad, se considerará usufructuada la totalidad de la Licencia (http://www.uncoma.edu.ar/general/personal/formularios.html).
ARTÍCULO 4°: ESTABLECER que todo tipo de excepciones a esta norma deberán ser autorizadas por las Autoridades mencionadas precedentemente.
ARTÍCULO 5º: ESTABLECER que no será reconocido y no dará lugar al reconocimiento del Suplemento por Mayor Responsabilidad, establecido en el Art. 72º del Decreto 366/06, para aquellos No Docentes que, por tal motivo tengan que cubrir un área que implique mayor responsabilidad que la asignada a su categoría de revista.
ARTÍCULO 6º: LAS ÁREAS tanto en las Facultades, Centros Regionales, Asentamiento y Escuelas como en la Administración Central, involucradas en tareas de Cierre del Ejercicio Contable, Información y Liquidación de Haberes del Personal, Mesa de Entradas y Salida de Archivos, Dirección de Tecnologías de la Información y aquellas donde los Decanos, Directores de Asentamientos, Secretarios y Subsecretarios de la Universidad, consideren indispensables la permanencia de personal, deberán prever que el mismo se cumpla con una jornada mínima, dentro del período mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 7º: EL PERSONAL al que correspondiere un término de licencia mayor a lo establecido en el Art. 1º de la presente Resolución, adicionará el excedente de días inmediatamente antes o después de las fechas de receso, siendo factible a partir del 03 de Enero de 2018, tomando en estos casos lo previsto en el Art. 79º Decreto 366/06 y en común acuerdo con las Autoridades Inmediatas Superiores, asegurando el resguardo de las tareas esenciales del área para un mínimo funcionamiento que así lo requiera.
ARTÍCULO 8º: LO ESTABLECIDO en el Art. 1º de la presente, regirá para todo el Personal de la Universidad Nacional del Comahue, y durante tal período se realizarán en lo posible y de ser necesario tareas de mantenimiento, reparaciones menores y desinfección.
ARTÍCULO 9º: REGISTRAR, comunicar y archivar.
Es copia fiel cdv Fdo) Lic. Gustavo V. CRISAFULLI Rector
Ing. Atilio SGUAZZINI MAZUEL Secretario General
Cr. Néstor Rafael FERNÁNDEZ Secretario de Hacienda